La Gaceta Oficial establece que las importaciones de combustible estarán libres de impuestos hasta enero de 2027
El decreto señala que podrán beneficiarse de la exoneración el Estado venezolano y las empresas de propiedad estatal. También incluye a las compañías mixtas con participación pública y privada, así como a las empresas privadas en general. La medida entró en vigencia el 12 de enero y tendrá una duración máxima de un año.
La normativa elimina el pago de tributos como el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Impuesto de Importación, la Tasa por Determinación del Régimen Aduanero y el Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF). El beneficio aplica a las importaciones definitivas y a las ventas realizadas en el territorio nacional de combustibles derivados de hidrocarburos. También incluye insumos y aditivos destinados a mejorar la calidad de la gasolina.
El decreto indica que podrán beneficiarse de la exoneración el Estado venezolano, las empresas de propiedad estatal, las compañías mixtas con participación pública y privada, y las empresas privadas en general. Esto se establece en el artículo 58 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos. Para acceder al beneficio, los importadores deben presentar ante la oficina aduanera una relación descriptiva de los bienes, la factura comercial y el oficio de exoneración emitido por el SENIAT.
Asimismo, las importaciones deberán realizarse por la misma oficina aduanera seleccionada, salvo notificación expresa de cambio. El SENIAT será el encargado de regular las condiciones y controles de la medida, además de llevar un registro detallado de las operaciones exoneradas.
Analistas consideran que esta decisión busca aliviar la presión sobre el mercado interno. También pretende garantizar el acceso sostenido a combustibles en un contexto de crisis energética. También se interpreta como un intento de estimular la participación de empresas privadas en el sector, ofreciendo incentivos fiscales temporales.
La medida de que las importaciones de combustible quedan exoneradas de impuestos se evaluará semestralmente y podría ser prorrogada dependiendo de las condiciones económicas y energéticas del país.
Fuentes: Gaceta Oficial N° 43.292, Finanzas Digital, Banca y Negocios
